Si crío a mis hijos en solitario y me muero, ¿qué les pasa a ellos y al dinero?
Eres el único sueldo y el único adulto de la casa. Si faltas mañana, no hay nadie detrás: ni quien pague la hipoteca, ni quien firme por tus hijos, ni quien decida con quién se van a vivir.
Crío a mis hijos sola o solo, si me pasa algo, ¿qué les pasa a ellos y al dinero?
Sin otro progenitor, un juez nombra tutor a tus hijos, y tiene que respetar el que dejes escrito en testamento o ante notario. El dinero del seguro es suyo y lo gestiona ese tutor. Detrás no hay otro sueldo: con 2.200 € netos, dos hijos y 150.000 € de hipoteca, la cifra de SegurosParaPapis es 474.000 €.
| Queda tu pareja | Crías en solitario | |
|---|---|---|
| Quién decide por los niños | Tu pareja, sin tutor | El otro progenitor si lo hay; si no, un tutor que nombra el juez |
| Sueldo que sigue entrando | El de tu pareja (1.500 € al mes en el ejemplo) | Ninguno |
| Cifra recomendada del ejemplo | 474.000 € | 474.000 € |
| Qué hay detrás de esa cifra | Un segundo sueldo | Nada: el seguro y, si se cumplen los requisitos, la pensión de orfandad |
Soy madre o padre en solitario, ¿qué pasa con mis hijos si me muero?
Pasan dos cosas a la vez: alguien tiene que hacerse cargo de ellos y en casa deja de entrar dinero. Quién se los queda depende de si hay otro progenitor. El dinero depende de lo que tú hayas dejado preparado.
En una familia con dos adultos, si falta uno, el otro sigue ahí. Firma en el colegio y sigue cobrando su nómina.
En la tuya no. Eres el único sueldo y el único adulto.
Imagina la primera noche. Tus hijos duermen en un sofá cama de otra casa, con una mochila cada uno. Alguien les ha dicho que mañana no hay cole. Nadie sabe todavía dónde van a vivir.
Y a final de mes, el recibo de la hipoteca llega igual. No hay nadie más para pagarlo. La persona que los acoge tiene de repente dos bocas más que alimentar y ni un euro tuyo.
Por eso aquí hay dos papeles que importan: uno dice quién los cría y el otro, con qué dinero.
¿Quién se queda con mis hijos si no hay otro progenitor?
Un tutor que nombra el juez. Si lo dejaste escrito en tu testamento o en un documento ante notario, el juez tiene que respetar tu elección, salvo que el interés de los niños pida otra cosa.
Lo dice el Código Civil. Puedes nombrar tutor, decir quién vigila cómo lo hace y dar instrucciones sobre la vida y el dinero de tus hijos.
Si no dejas nada escrito, el juez elige. La ley le da preferencia a un abuelo o a un hermano de los niños. Tu hermana, tu mejor amiga o tu pareja actual, si no es su padre o su madre, no tienen esa preferencia. Pueden acabar siendo tutoras, pero depende del juez.
Piensa en eso un segundo. Llevas años eligiendo con lupa a quién dejas a tus hijos una tarde.
Sin un papel firmado, la decisión de su vida entera la toma alguien que no los ha visto nunca.
¿Y si su otro progenitor está vivo aunque no viva con nosotros?
Entonces los niños quedan con él o con ella, sin tutor. Cuando falta uno de los padres, la patria potestad (en llano, quien decide legalmente por el niño) pasa entera al otro.
Da igual que lleve años sin aparecer o que tú tengas la custodia. Mientras un juez no le haya quitado la patria potestad, decide él. Tu testamento no puede nombrar un tutor por encima de un padre o una madre que la conserva.
Quien no venía a los cumpleaños puede ser quien firme la matrícula del colegio.
Si esto te quita el sueño, es una conversación para un abogado de familia, no para una póliza. Y es mejor tenerla esta semana.
¿Quién manejaría el dinero del seguro hasta que cumplan 18?
Quien decida legalmente por tus hijos: el otro progenitor si lo hay, o el tutor. El dinero es de los niños desde el primer día, pero hasta los 18 lo administra esa persona.
Un tutor no tiene barra libre. Lo vigila un juez y rinde cuentas cada año. El día que tu hijo cumple 18, lo que quede pasa a manejarlo él.
Qué poner en la línea de beneficiarios, qué pasa si tu ex acabaría gestionando el dinero y qué impuestos pagan los niños lo tienes en quién cobra el seguro de vida si tus hijos son menores.
Un detalle que duele: si pones como beneficiaria a la persona que los cuidaría, el dinero es suyo, no de tus hijos. Legalmente puede gastarlo en lo que quiera. Aunque se separe, aunque se mude, aunque tus hijos acaben en otra casa.
Soy el único sueldo de casa, ¿cuánto seguro de vida necesito?
Con 2.200 € netos al mes, hijos de 3 y 6 años y 150.000 € de hipoteca, 474.000 €. La fórmula es la misma que para cualquier familia. Lo que cambia es que en tu casa esa cifra no tiene a nadie detrás.
La Fórmula de Protección Familiar suma tres cosas:
- Lo que debes: 150.000 €.
- Tu sueldo neto de un año por los años que le faltan al pequeño para cumplir 18, entre 5 y 10: 26.400 € × 10 = 264.000 €.
- 30.000 € por hijo para estudios: 60.000 €.
150.000 € + 264.000 € + 60.000 € = 474.000 €. El mínimo, deudas más cuatro años de sueldo, son 255.600 €.
En una pareja, si falta quien cobra 2.200 €, el otro sigue cobrando sus 1.500 € al mes. Es un colchón que la fórmula no cuenta, pero existe.
En tu casa no existe. Esos 264.000 € son diez años de tu nómina, y es todo lo que entraría. Ni un euro más.
Si te quedas en el mínimo, a quien cuide de tus hijos le llegan cuatro años de tu nómina y la hipoteca pagada. El quinto año, nada. Con dos niños de 7 y 10 años, zapatillas que se quedan pequeñas cada seis meses y todo el instituto por delante.
Ese quinto año es cuando alguien empieza a hablar de vender el piso.
Y hay algo que la fórmula no suma: lo que cuesta que otra persona reorganice su vida para criar a dos niños que no esperaba. Si ese tutor tiene que reducir jornada, ese dinero sale de algún sitio. Normalmente, de tus hijos.
Con otros perfiles (un bebé, tres hijos, un hijo de 14) tienes la cuenta en cuánto seguro de vida necesitas con hijos.
¿Mis hijos cobrarían pensión de orfandad?
Sí, si se cumplen los requisitos de la Seguridad Social. Y si eres su único progenitor conocido, la Seguridad Social les trata como huérfanos absolutos, con una pensión más alta.
Huérfanos absolutos. Así los llamaría el papel.
La orfandad normal es el 20 % de tu base reguladora por cada hijo. La base depende de lo que hayas cotizado.
Cuando no queda nadie que cobre viudedad, a cada huérfano se le suma el 52 % de la base. Pasa si faltan los dos padres y también, según la Seguridad Social, con el huérfano de un solo progenitor conocido. Si en la filiación de tus hijos solo constas tú, es vuestro caso. Todas las pensiones juntas, en general, no pueden pasar del 100 % de la base.
Si el otro progenitor vive, la orfandad es la normal.
La cuantía exacta depende de tu cotización y de tus requisitos, y la fórmula no la resta a propósito. Si esa pensión no llega, o llega menos, tus hijos no se quedan cortos. Si llega, es margen.
¿Necesito testamento además del seguro de vida?
Sí. El seguro pone el dinero y el testamento dice quién cría a tus hijos y cómo se maneja lo que les dejas. Uno sin el otro deja un agujero.
Con seguro y sin testamento, tus hijos cobran, pero un juez elige quién los cría. Con testamento y sin seguro, la persona que elegiste recibe a dos niños llorando en la puerta y ni un euro de tu sueldo.
En el testamento, o en un documento ante notario, puedes:
- Nombrar tutor y un suplente, por si el primero no puede.
- Decir quién vigila cómo gestiona el dinero.
- Dejar instrucciones sobre la vida y los bienes de tus hijos.
Cómo redactarlo es trabajo de un notario. Habla antes con la persona que vas a nombrar. Que se entere en el tanatorio es lo peor que le puedes hacer.
¿Por dónde empiezo si no tengo nada hecho?
Por la cifra. Sin saber cuánto necesitan tus hijos, no sabes si lo que tienes (el seguro de la hipoteca, el del convenio) alcanza. Y no lo sabrás hasta que hagas la cuenta.
- Saca tu cifra con el Informe de Protección Familiar. Es gratis y te da el mínimo y el recomendado.
- Resta lo que ya tienes firmado. El seguro de la hipoteca, por ejemplo, paga primero al banco.
- Pide cita en el notario para el testamento y el tutor.
- Revisa quién figura como beneficiario de cada póliza.
Cuatro pasos. Ninguno te lleva más de una tarde.
Tus hijos solo te tienen a ti. Haz que eso no sea un problema el día que faltes.
Preguntas frecuentes
Si me muero sin dejar nada escrito, ¿mis padres se quedan con mis hijos?
Pueden, pero lo decide un juez. Sin designación tuya, la ley da preferencia a un abuelo o a un hermano de los niños, el que el juez elija. Tu hermana o tu mejor amiga no tienen esa preferencia: si quieres que sean ellas, déjalo escrito en testamento o ante notario.
¿Puedo poner de beneficiaria del seguro a la persona que cuidaría de mis hijos?
Sí, puedes nombrar a quien quieras. Pero entonces el dinero es suyo, no de tus hijos. Si lo que buscas es que ella lo maneje para los niños, lo habitual es que cobren ellos y que ella sea su tutora.
¿Hasta qué edad cobrarían mis hijos la pensión de orfandad?
Hasta los 21 años en general, y hasta los 25 si no trabajan o lo que ganan no llega al salario mínimo. Si están estudiando cuando cumplen 25, la siguen cobrando hasta que empiece el curso siguiente.
¿Me cuesta más el seguro de vida por criar sola o solo?
No por eso. Lo que mueve el precio es tu edad, si fumas y tu salud. Lo que cambia al criar en solitario es lo que pesa ese capital, porque detrás no hay otro sueldo.
¿Qué pasa si el tutor que elegí no quiere o no puede serlo?
Lo nombra el juez. Por eso conviene dejar escrito un segundo nombre y hablarlo antes con las dos personas. Que nadie se entere en el tanatorio de que ahora cría a tus hijos.
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